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Estudios sobre el artículo 80 del Decreto 57-92 del Congreso de la República y otras debilidades


Ficha catalográfica:

INF-2010-005 IER                                             MFN-3082

 
Arriola Q., Víctor Hugo
Estudios sobre el artículo 80 del Decreto 57-92 del Congreso de la República y otras debilidades / Víctor Hugo Arriola Q. -- Guatemala : Universidad de San Carlos de Guatemala, Dirección General de Investigación, Informe de Ejecución Rápida, 2010.
[20 p.]; 27 cm. + cd.
Descriptores:

POLÍTICA DE GASTOS PÚBLICOS - GUATEMALA * LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DECRETO 57-92 - GUATEMALA


Resumen
Enfatiza que se basa en el estudio y propuesta de orden técnico y legal a la modificación del artículo 80, y otras debilidades, debidamente analizadas que están contenidas en la Ley de contrataciones del Estado Decreto No. 57-92, del Congreso de la república, su Reglamento y todas las reformas incluidas. Anota que se fundamentó en el resultado de evaluación y análisis realizado, sobre la ley que norma el proceso de ejecución de gasto público que rige para todas las entidades públicas, autónomas, semiautónomas y descentralizadas, con excepción de las municipalidades. Argumenta que el propósito esencial de la investigación está en identificar la funcionabilidad de orden legal. Finalmente, considera que los aportes propuestos y los resultados del presente trabajo, sirvan para reorientar de manera objetiva y sostenible todos los procesos por eventos de Cotización y Licitación a que están llamados a cumplir todas las entidades dentro del sector Público, autónomas y Semi-Autónomas, dentro de las áreas Presupuestarias, Financieras y Contables que tengan a su cargo los responsables de las asignaciones y la correcta ejecución de los gastos, la introducción de propuestas tienen como finalidad el de fortalecer y hacer más transparentes los gastos en que incurra cada entidad pública del Estado plantear y fundamentar las modificaciones en cuanto a las modalidades de eventos por Cotización y Licitación en lo que se refiere al artículo 80 de la Ley y su reglamento y focalizando otras debilidades de que adolece el Decreto 57-92 del Congreso de la República.

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