Ley del fondo de ingresos estatales por actividades petroleras
Ficha catalográfica:
INF-2008-015 |
Descriptores:
PROYECTO DE LEY ACTIVIDADES PETROLERAS * GUATEMALA - LEYES * INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO * LEY DE HIDROCARBUROS * LEGISLACIÓN POR DECRETOS * PETROLEO - LEGISLACIÓN - GUATEMALA * ENERGIA RENOVABLE |
Resumen
La investigación hace un análisis histórico a partir de 1922 en materia de petróleo, indica que es en el año 1983 que entra en vigencia la Ley de Hidrocarburos, Decreto # 109-83, artículo 31, el cual hace notar que todos los beneficios de las operaciones petroleras deben de llegar a los sectores de la población guatemalteca más necesitada del interior del país y además a través del aprovechamiento de las energías renovables, reducir la dependencia de combustibles fósiles. Añade que desde 1983 por más de dos décadas no hubo voluntad de cumplir con lo estipulado en el artículo 31, no fue sino hasta el año 2007 que se creó un fondo omitiendo lo mandado en este artículo. Señala que han llegado propuestas del fondo al Congreso en los años 2007, 2009, 2010, pero solo se refieren a un porcentaje de los ingresos, no como lo manda el artículo 31, el cual divide en dos los destinos de esos ingresos: una para el desarrollo del interior del país y otro para estudios y desarrollo de fuentes nuevas y renovables de energía. Finalmente se citan algunas leyes que hacen ver la importancia de desarrollar proyectos de energías renovables; constitucionalmente artículos 118-119 y 121, 127 - 129.- Ley de electricidad, Decreto 93-96. .Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable, Decreto 52-2003 entre otros.
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